España: Normativa sancionadora sistemas informáticos

paquitohm
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Re: España: Normativa sancionadora sistemas informáticos

Post by paquitohm »

Por ejemplo para un error "desconocido" (usen una firma caducada y me cuentan [vaya tela con Verifactu]), "Revisar la vigencia de la firma digital."... Y si no llamar al técnico (yo, que le voy a hacer?).
De momento sólo en la factura-e le muestro la caducidad de la firma digital. No es suficiente, supongo, porque se acostumbran a verlo: Lo siguiente que haré será que cuando falte un mes, el letrero sea rojo o algo así y cuando falte una semana le sacaré una mano de Mickey que le toque el ojo al usuario :D
paquitohm
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Re: España: Normativa sancionadora sistemas informáticos

Post by paquitohm »

Fivewidi,

Una pregunta:
¿ Contemplaras/ contemplas en tu SIF la anulación de facturas ? ¿ Cómo lo compaginas con los listados de IVA y otros listados de ventas ?

Salu2
FiveWiDi
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Re: España: Normativa sancionadora sistemas informáticos

Post by FiveWiDi »

paquitohm wrote:¿ Contemplaras/ contemplas en tu SIF la anulación de facturas ? ¿ Cómo lo compaginas con los listados de IVA y otros listados de ventas ?
Perdona el retraso, no vi el mensaje.

Si y no.

No permitiré la anulación de facturas; y sólo permitiré facturas "rectificativas por DIFERENCIA", no por sustitución.

Por un motivo muy simple. Ponérselo fácil al usuario (y a mi de carambola, más tranquilo y menos explicaciones de como funciona la contabilidad con la facturación).

Si quiere repasar/sumar facturas y listados de IVA y demás, aplicando este criterio deberá tener en cuenta TODAS las facturas (así no hay dudas de que esta si y esta no), pues ninguna ha sido substituida por una "rectificativa de substitución" y ninguna ha sido anulada.

Si quiere anular una factura, que haga una "rectificativa por diferencia" por el mismo importe que la 'errónea' pero de importes con signo contrario (normalmente negativo).

Creo que es legal lo que pretendo, quizás no debe ser ortodoxo pero creo que es más sencillo para todos.

Seguimos.
Un Saludo
Carlos G.

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paquitohm
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Re: España: Normativa sancionadora sistemas informáticos

Post by paquitohm »

Gracias por tu explicación.
Así lo tengo yo hasta ahora y así quisiera mantenerlo (SII/ TBAI)
Verhoven
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Re: España: Normativa sancionadora sistemas informáticos

Post by Verhoven »

Nueva modificación en las exigencias de las facturas inmediatas.
Os dejo la noticia para que la podáis revisar:

https://economistas.es/wp-content/uploa ... barees.pdf

Parece que hacienda va a hacer una aplicación para todo el mundo, ya veremos lo práctica que será, y que vuelve a retrasar la entrada en vigor y ajusta ahora la exigencia en función del importe de las facturas emitidas y el tamaño de las empresas.

Vuelven a demostrar que legislan a cadena suelta, sin pensárselo bien y siempre sin consultar a nadie ni admitir rectificaciones o consejos.

Así nos va...
FiveWiDi
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Re: España: Normativa sancionadora sistemas informáticos

Post by FiveWiDi »

Verhoven wrote: Sat Mar 22, 2025 7:19 am Nueva modificación en las exigencias de las facturas inmediatas.
Os dejo la noticia para que la podáis revisar:

https://economistas.es/wp-content/uploa ... barees.pdf

Parece que hacienda va a hacer una aplicación para todo el mundo, ya veremos lo práctica que será, y que vuelve a retrasar la entrada en vigor y ajusta ahora la exigencia en función del importe de las facturas emitidas y el tamaño de las empresas.

Vuelven a demostrar que legislan a cadena suelta, sin pensárselo bien y siempre sin consultar a nadie ni admitir rectificaciones o consejos.

Así nos va...
Hola,

Según este artículo está hablando de la factura electrónica, como aún no hay reglamento no me preocuparé. Cuando lo haya ya no serán artículos periodísticos (que a veces hablan de oídas) y entonces veremos los requisitos con certeza, y sobre todo los plazos que todo parece indicar que hasta 2027 tenemos tiempo.

De todas maneras primero está Verifactu, y eso facilitará (al menos un poco) el paso/uso de la factura electrónica, pues quién ya esté aplicando Verifactu On line, el paso a la factura electrónica le pillará (al menos a mi) con más experiencia en ciertos procesos.

>>...de las facturas inmediatas
No sé que son las facturas inmediatas, pero quizás con lo que intuyo que quieres decir, con Verifactu On line ya se debe aplicar.
Un Saludo
Carlos G.

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